Recurso de protección inédito en La Araucanía
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Señora Directora:
La Corte suprema acaba de acoger un recurso de protección interpuesto en favor de afectados por la violencia en La Araucanía; particularmente ordena a las fuerzas policiales, en coordinación con el gobierno, “(…) implementar un plan de medidas que procure la protección eficiente e integral de las personas o grupos sociales que han visto amagados sus derechos, con miras a evitar el acaecimiento de este tipo de sucesos en su contra”
Cabe destacar el carácter casi sin precedentes de una sentencia de esta naturaleza. Los tribunales de justicia no pueden garantizar el resultado 100% efectivo de las actuaciones policiales de prevención de delitos, pero sí el que se implemente un mínimo de celo para proteger a los inocentes y resguardar la paz.
En un momento constitucional en que se habla de los derechos sociales (salud, vivienda, educación) y su garantía efectiva, no debemos olvidar que la función primordial de todo Estado es el de resguardar el orden público (Hobbes). Si el Estado no puede garantizar la paz interior, no veo cómo va a garantizar los derechos sociales.
Marcelo Muñoz Perdiguero
Abogado